Colaboración con otros Despachos

En el Derecho Civil, la separación o el divorcio son obtenidas siempre que son solicitadas. Lo único que puede cambiar, respecto a la petición de los interesados, son las condiciones en las que son acordadas por los Jueces.

Por el contrario, en el Derecho Canónico, la nulidad del matrimonio no es declarada automáticamente una vez que es solicitada. El Tribunal Eclesiástico tramitará un proceso judicial para verificar el cumplimiento de dos condiciones. La primera, que se esté ante uno o varios de los supuestos de nulidad que establece el Código de Derecho Canónico. La segunda, que tal o tales supuestos queden debidamente probados.

AbogadosEsto nos lleva a la necesidad de estudiar previamente cada caso para poder determinar la viabilidad de iniciar un proceso que declare la nulidad del matrimonio. Este estudio debe ser realizado por un profesional competente, mediante una entrevista con el cliente y un análisis profundo y reposado de todas las circunstancias del caso.

El Derecho Matrimonial Canónico es una materia peculiar, muy diferente del Derecho Civil de Familia. Este carácter sui generis y los pocos conocimientos y experiencia que, en el ámbito canónico y ante la jurisdicción eclesiástica, suelen tener los Abogados de Familia, hacen que a muchos Despachos se les plantee la necesidad de contar con algún Abogado Rotal, experto en Derecho Matrimonial Canónico para ir resolviendo los asuntos que sus clientes les planteen.

Como Abogados Rotales, estamos a disposición de todos los Letrados y Despachos que puedan precisar de asistencia en la materia. Ofrecemos a continuación unas orientaciones básicas a los compañeros que puedan requerir de nosotros:

  • NO IMPORTA DÓNDE SE ENCUENTRE EL INTERESADO: Nuestra condición de Abogados del Tribunal de la Rota nos otorga la habilitación para actuar ante todos los tribunales de la Iglesia en España y tenemos disponibilidad para hacerlo en cualquier lugar del territorio nacional, como venimos realizando desde hace años.
  • SIEMPRE HACEMOS UN ESTUDIO DE VIABILIDAD PREVIO: Somos los primeros en querer que los asuntos prosperen, al mismo tiempo que no perseveramos en los que no consideremos viables. La decisión de aceptar un caso se encuentra en todo momento condicionada a esta circunstancia, después de examinar detenidamente los pormenores del matrimonio.
    Desde luego, informamos previamente al cliente y al compañero o Despacho que se haya puesto en contacto con nosotros, acerca de las conclusiones que extraemos y en orden al modo de proceder, duración estimada, descripción de los trámites, honorarios y todo lo que debe saberse antes de iniciar el proceso.
  • NOS OCUPAMOS DE TODO LO NECESARIO: Estamos a disposición de los compañeros o Despachos que deseen contar con nosotros para poder dar a sus clientes el servicio que ellos no les puedan prestar. Lo hacemos en su integridad, asumiendo la dirección técnica, asistencia y representación procesal.
    Actuamos siempre con autonomía, en el asesoramiento previo y durante el proceso, desde su inicio hasta su conclusión.
  • NUESTRA EXPERIENCIA ES UN GRADO: Los años de ejercicio profesional en muchos y variados tribunales, ante toda clase de procesos, asumiendo la postura de demandantes o de demandados y ejerciendo cualquier tipo de acción judicial posible, nos capacitan para prestar estos servicios.
    Pero, además, esta práctica nos ha proporcionado un conocimiento exacto de los usos cotidianos y habituales de muchos tribunales lo que, como cualquier Abogado sabe, es una ventaja a la hora de entablar un proceso.
  • CONTAMOS CON LOS SERVICIOS HABITUALES DE PROCURADORES CON EXPERIENCIA EN EL PROCESO CANÓNICO: Haber actuado con anterioridad en muchos tribunales nos permite disponer en muchas plazas de la colaboración de Procuradores que conocen tanto el curso del proceso judicial ante el Tribunal Eclesiástico, como la práctica diaria del mismo.
    Esta cooperación, por ser estable, nos concede también la oportunidad de que los costes derivados de los honorarios del Procurador, y por tanto los globales del proceso, sean más ventajosos.
    Actualmente mantenemos diversas fórmulas de colaboración con otros Abogados o Despachos que precisan cubrir esta necesidad sin incorporar a una persona en sus plantillas. Básicamente, a través de dos modalidades:

    Cooperación puntual: Es aquella que se presta ocasionalmente, cuando otro compañero o Despacho requiere de nuestros servicios para solucionar el caso concreto de un cliente que le ha surgido.

    Cooperación permanente: Es la que se mantiene con otros Abogados o Despachos, especializados en Derecho de Familia, o multidisciplinares, en los que el Departamento de Familia tenga una importancia considerable. En definitiva que, constantemente, tienen clientes que demandan los servicios de un Abogado experto en Derecho Matrimonial Canónico.
    Si usted es Abogado o dirige un Despacho y sus clientes le plantean casos de nulidad matrimonial canónica a los que no puede dar una respuesta adecuada, le invitamos a que contacte con nosotros para buscar alguna forma de colaboración.

CONTACTE CON NOSOTROS

Si está interesado en solicitar la nulidad de su matrimonio, por favor llámenos al teléfono 881 898 182 o cubra el formulario de contacto.

Compartir:

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra polí­tica de cookies, pinche el enlace para mayor información. ACEPTAR

Aviso de cookies